lunes, julio 21, 2014
Listas de espera y Fisioterapia
jueves, diciembre 05, 2013
SUGERENCIAS SOBRE LA FORMACIÓN POSGRADO: A PROPÓSITO DE LOS CURSOS
III JORNADAS INTERHOSPITALARIAS DE FISIOTERAPIA
miércoles, mayo 16, 2012
OPOSICIONES Y UN LIBRO
Las restricciones en el sector público han tenido como consecuencia la paralización de la oferta de empleo en las distintas Administraciones. Sin embargo, parece inminente, según distintas fuentes, la convocatoria de un concurso-oposición por el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). En este proceso se convocan 146 plazas de fisioterapeuta. Una de las escasas oportunidades para obtener empleo en la sanidad pública.
Son muchas las academias que ofertan cursos para las oposiciones. Desconocemos su calidad y alcance. En todo caso, el esfuerzo recae sobre el aspirante. Tampoco conocemos el temario, aunque, por experiencias previas, hemos de decir que carecía de actualización e incorporación de avances en fisioterapia, como también incluían prácticas o conceptos superados en la fisioterapia “moderna”. En todo caso, aparte del material aportado por las academias, os presentamos dos libros que abordan específicamente las oposiciones, al menos en su título. Ambos disponen de edición en papel y electrónica y el precio parece asequible. Podéis ojearlos en sendas direcciones electrónicas:
OPOSICIONES FISIOTERAPIA, varios autores:
http://www.bubok.es/libros/12211/OPOSICIONES-FISIOTERAPIA
OPOSICIONES DE FISIOTERAPIA, de Luis Bernal Ruiz:
http://www.bubok.es/libros/212942/Oposiciones-de-Fisioterapia
Aparte de servir para el objetivo propuesto seguro que contienen información para la práctica cotidiana de la fisioterapia. Contadnos.
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miércoles, marzo 21, 2012
2ª JORNADA INTERHOSPITALARIA DE FISIOTERAPIA
FORMACIÓN EN BASES DE DATOS
lunes, enero 09, 2012
LA DIFÍCIL TAREA DE EVALUAR
Sólo el hecho de plantearnos cuestiones nos lleva a pensar si sabemos evaluar. No hemos sido formados en esta labor y nos guiamos por la experiencia previa propia y ajena, por la imitación de modelos evaluadores a los que nosotros fuimos sometidos o por lecturas voluntariosas.
Este asunto no es trivial pues el resultado de las evaluaciones, en sus distintas modalidades, marca el devenir de los estudios del educando de manera inmediata o a más largo plazo. De ahí la normal preocupación por hacerlo bien. Pero, ¿qué es hacerlo bien? Cuando tenemos un conjunto de referencias amplio, un seguimiento más o menos prolongado, podemos pensar que, aunque sea de forma intuitiva, somos capaces de dilucidar esta cuestión. Nos sentimos capaces de poner una nota que refleje el desempeño, las aptitudes o las actitudes del alumno. Aún en este caso siempre puede haber otras versiones u otras formas más detalladas, precisas u objetivas de medir al estudiante. Y donde hay variación y heterogeneidad a la hora de medir cabe plantearse la justicia de la medición y sumirnos, de nuevo, en la incómoda incertidumbre.
Cuando se trata de evaluaciones sumativas, de exámenes, aún parece más complicado. Los factores distorsionantes de la ejecución de una prueba práctica (el fenómeno de “quedarse en blanco”, los nervios, una cuestión que precisamente no se domina) generan discrepancias entre lo que el estudiante sabe y manifiesta saber. Esto lo hemos experimentado y nos damos cuenta que que muchas veces el mejor pierde esa condición de manera abrupta o el menos saliente hace una prueba impoluta.
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lunes, noviembre 28, 2011
LA GESTIÓN EN FISIOTERAPIA
Las competencias que debe ejercer el profesional de la fisioterapia incluyen la gestión. Así lo expresa claramente la LEY 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, en su artículo 4.3: "Los profesionales sanitarios desarrollan, entre otras, funciones en los ámbitos asistencial, investigador, docente, de gestión clínica, de prevención y de información y educación sanitarias". Asimismo, en el artículo 10.2 dice "A los efectos de esta ley tienen la consideraciónde funciones de gestión clínica las relativas a la jefatura o coordinación de unidades y equipos sanitarios y asistenciales, las de tutorías y organización de formación especializada, continuada y de investigación y las de participación en comités internos o proyectos institucionales de los centros sanitarios dirigidos, entre otros, a asegurar la calidad, seguridad, eficacia, eficiencia y ética asistencial, la continuidad y coordinación entre niveles o el acogimiento, cuidados y bienestar de los pacientes".
Por otro lado la ORDEN CIN/2135/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Fisioterapeuta, en su apartado 3, que recoge las competencias que el estudiante debe adquirir, habla de "habilidades de gestión clínica que incluyan el uso eficiente de los recursos sanitarios y desarrollar actividades de planificación, gestión y control en las unidades asistenciales donde se preste atención en fisioterapia y su relación con otros servicios sanitarios".
En definitiva, la gestión no es algo ajeno, reservado a los jefes o supervisores. Todos somos gestionados y todos hacemos gestión. Desde la utilización correcta o el mantenimiento de las instalaciones o equipos a la participación en la dirección de unidades o instituciones o a la participación en proyectos de investigación y docencia. Además, los estudiantes deben adquirir competencias en gestión por lo que, inevitablemente, donde haya estudiantes se debería abordar la misma.
En la 1ª Jornada Interhospitalaria de Fisioterapia del Hospital Universitario de Fuenlabrada hubo una mesa dedicada a Nuevos modelos de gestión. En ella quedó patente lo dicho en el párrafo anterior. Pero, además, se hizo hincapié en la necesaria implicación de los fisioterapeutas en los órganos de toma de decisiones que afectan directamente a la profesión. Se atisban medidas que incumben de lleno a la Fisioterapia y que han de contar con la misma a través de sus representantes (asociaciones y colegios profesionales). En época de recortes cabe pensar en tentaciones de medidas que afecten a las condiciones de los fisioterapeutas presentes en la sanidad pública o que traten de incluir otros modelos que conlleven perjuicios para la profesión o para el ejercicio de la misma.
También son importantes la medidas de incentivación dado el actual parón de la carrera profesional. El modelo vigente no incita al compromiso de los más predispuestos a él. Este es un inconveniente que se hace extensivo a todos los organismos públicos y que tiene relevancia especial en las profesiones sanitarias, en las que investigación, innovación o docencia cobran trascendencia especial para fomentar conocimiento y progreso.
Todo el esfuerzo y el avance de los últimos años, la oportunidad que supone una nueva titulación de Grado con nuevas exigencias y competencias, precisan de modelos de gestión innovadores, ya presentes en sanidad privada y pública, que rompan con estructuras hiperjerarquizadas, limitadoras, constrictivas, represoras de iniciativas, rígidas que echen por tierra la inversión en formación de profesionales capacitados y eficientes. Las resistencias están y estarán presentes dentro de la profesión y desde otras. La labor de los fisioterapeutas es demostrar con hechos la bondad de esos nuevos modelos que contribuyen a la disminución de gastos, al control de listas de espera, a la satisfacción del profesional y a un mejor servicio al ciudadano. Se trata de dejar hacer. ¿Nos dejarán?
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EL INFORME DE ALTA
No nos gusta repetirnos. Pero en el afán de hacer visibles nuestro parecer y contribuir con ello a formar opinión nos hace volver sobre el asunto de la historia clínica, ya abordado en otra ocasión (1). Para los renuentes y contrarios a que los fisioterapeutas y cualquier otro profesional sanitario refleje por escrito su quehacer recordamos que la LEY 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica dice explícita y claramente en el artículo 2.6 que “todo profesional que interviene en la actividad asistencial está obligado no sólo a la correcta prestación de sus técnicas, sino al cumplimiento de los deberes de información y de documentación clínica, y al respeto de las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente”. El artículo 17.3 afirma que “Los profesionales sanitarios tienen el deber de cooperar en la creación y el mantenimiento de una documentación clínica ordenada y secuencial del proceso asistencial de los pacientes”. Además “Los profesionales sanitarios, [...], tienen el deber de cumplimentar los protocolos, registros, informes, estadísticas y demás documentación asistencial o administrativa, que guarden relación con los procesos clínicos en los que intervienen, y los que requieran los centros o servicios de salud competentes y las autoridades sanitarias, comprendidos los relacionados con la investigación médica y la información epidemiológica”. Por otro lado en el artículo 15.2 dice que el contenido mínimo de la historia clínica será el siguiente:
a) La documentación relativa a la hoja clínicoestadística.
[...]
d) La anamnesis y la exploración física.
e) La evolución.
[...]
m) La evolución y planificación de cuidados de
enfermería.
n) La aplicación terapéutica de enfermería.
o) El informe clínico de alta.
El artículo 15.3. dice, finalmente, que "la cumplimentación de la historia clínica, en los aspectos relacionados con la asistencia directa al paciente, será responsabilidad de los profesionales que intervengan en ella". Teniendo en cuenta que donde se dice "enfermería" se puede sobreentender cualquier otra disciplina sanitaria esta recopilación de artículos expresa sin duda la exigencia de que completemos todo lo relacionado con evaluación y tratamiento.
El otro apoyo legislativo que podemos contrastar es la ORDEN CIN/2135/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Fisioterapeuta. Entre las competencias que se debe adquirir el estudiante están:
* Valoración diagnóstica de cuidados de fisioterapia según las normas y con los instrumentos de validación reconocidos internacionalmente.
* Ejecutar, dirigir y coordinar el plan de intervención de fisioterapia, utilizando las herramientas terapéuticas propias y atendiendo a la individualidad del usuario.
* Evaluar la evolución de los resultados obtenidos con el tratamiento en relación con los objetivos marcados.
* Elaborar el informe de alta de los cuidados de fisioterapia una vez cubiertos los objetivos propuestos.
No es discutible que, por tanto, todo fisioterapeuta está obligado a dejar constancia en una historia clínica en cualquier formato (papel, digital) toda su participación en el proceso asistencial, tanto en ámbito privado como público. Lo lógico es que culminado el tratamiento, sea cual sea el resultado, deje constancia del proceso y la situación del usuario en un informe de alta de fisioterapia, o simplemente informe de fisioterapia, que no de alta médica o de incorporación a su actividad laboral. Existe el precedente no cuestionado del informe de enfermería. Y no parece sensato cuestionar la pertinencia de lo mismo en cualquier otra disciplina. Este informe facilita la comunicación de información con los demás profesionales del centro o ajenos, de atención primaria o especializada, y también la continuidad asistencial. Es el que recoge con rigor de primera mano las intervenciones fisioterapéuticas y no se superpone ni suplanta al de otros profesionales.
Así pues, cualquier intento por parte de terceros de impedir, prohibir o coartar el depósito de información propia, única de la intervención del fisioterapeuta supone una invitación a la ilegalidad y cuya responsabilidad, entendemos, recae en el fisioterapeuta en caso de litigios.
Entonces, por imperativo legal, por sentido común, por calidad asistencial, por coherencia, existe la historia clínica de fisioterapia (o su aportación a la historia clínica general) y su correspondiente informe de alta. DIXI.
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Referencia:
1. González García, JA. La historia clínica en fisioterapia, ¿obligatoria?. En Fisioterapia. Acceso el 17 de noviembre de 2011. http://www.madrimasd.org/blogs/fisioterapia/2008/03/04/la-historia-clinica-en-fisioterapia-%C2%BFobligatoria/
viernes, octubre 07, 2011
ALGO LE HARÁ
Estas son tres palabras que representan adecuadamente, creemos, lo que piensan muchos derivantes o derivadores de pacientes a unidades de fisioterapia. No parece que sea una manera ideal de enfocar el tratamiento si se pretenden resultados atribuibles al mismo.
Desgraciadamente, lógicamente, nos podemos quejar de estas situaciones. Hoy lo escuchábamos en boca de un paciente pero intuimos que ese es el pensamiento que subyace en muchas de las derivaciones a fisioterapia. Ante diagnósticos de difícil o infructuoso tratamiento, en trastornos crónicos, en pacientes difíciles o en pacientes demandantes, se opta, entre otras cosas, por emplear esas palabras como forma de liberarse o de pretender un placebo. En otros casos se conoce a priori la futilidad de enviar al paciente al fisioterapeuta o con la vaga esperanza de que la sapiencia de sus manos obre milagrosamente. Lo último a veces da resultado, pero no por cualidades sobrenaturales del profesional sino porque no se ha valorado convenientemente lo que la fisioterapia puede contribuir a la mejora del paciente. De suerte que, de resultas, se beneficia se manera sorpresiva.